La Ley Nº 10579 establece en su Articulo 1º: Apruébase el Estatuto del Docente abarcativo del personal que se desempeña en todos los niveles, modalidades y especialidades de la Enseñanza y Organismos de Apoyo, cuyo texto como Anexo Único forma parte de la presente ley.
El Articulo 1º del citado Anexo Único dice: El presente estatuto determina los deberes y derechos del personal docente que ejerce funciones en los establecimientos de enseñanza estatal, dependientes de la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires o en sus organismos, y cuyos cargos se encuentran comprendidos en el escalafón general que fija este estatuto.
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